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La capacidad de gestión del turismo en la REA

Marco Legal
Las normas generales que rigen la actividad turística en la REA son; el Reglamento de Áreas Protegidas y el Reglamento General de Turismo; ellos establecen el rol o función de la actividad turística en las áreas protegidas del país, define las atribuciones específicas relacionadas a la gestión y el control de la actividad turística en áreas protegidas, además de los instrumentos de planificación ejecución y control necesarios; destacando la necesidad y obligatoriedad de coordinación entre las entidades e instancias encargadas de la administración de las áreas protegidas y la entidad nacional de turismo o su similar en el ámbito departamental a partir del proceso de descentralización.

En este marco y producto del trabajo inter-institucional entre la Secretaría Nacional de Turismo (ahora Vice-Ministerio de Turismo) y la Dirección de Conservación de la Biodiversidad, el 17 de junio de 1997 se puso en vigencia el Reglamento Específico para la Operación Turística en el Área del Salar de Uyuni y la Reserva Nacional de Fauna Andina Eduardo Avaroa a través de una Resolución bi secretarial. Este Reglamento establece los requisitos que deben cumplir las empresas operadoras, las condiciones básicas de operación estableciendo un circuito único, las normas de comportamiento básico de operadores y visitantes y las sanciones correspondientes. A partir de su promulgación, el reglamento ha sido parcialmente aplicado.

Actualmente, la REA ha realizado el Registro de Operadoras de Turismo para operar en el área protegida, teniendo un total de 71 empresas registradas de las más de 100 que ingresaron el año 2003.

Marco Institucional
El Servicio Nacional de Áreas Protegidas y el Viceministerio de Turismo son las entidades encargadas de establecer las políticas y normas nacionales para el desarrollo del ecoturismo en las áreas protegidas.

El ámbito de acción del SERNAP (Servicio Nacional de Áreas Protegidas) es el de establecer las áreas de uso turístico, las condiciones y modalidades de uso de los recursos turísticos de las áreas protegidas, las formas de operación permitidas, las características y requisitos del establecimiento de equipamiento e instalaciones turísticas; además de todos los aspectos de carácter administrativo y de control relacionados al uso de los recursos naturales.

El Viceministerio de Turismo por su parte, a través de la Dirección Departamental de Turismo, es responsable de la certificación del tipo y categoría de las empresas que se establezcan, el control de la calidad de los servicios y la aplicación de sanciones.

Las acciones de promoción, junto al establecimiento de reglamentos específicos de operación de servicios turísticos al interior del área protegida y comportamiento de visitante son aspectos que requieren el trabajo conjunto de ambas entidades.

En la actualidad las relaciones entre ambas entidades son un tanto distantes, aunque se ha iniciado un proceso de acercamiento institucional. La Dirección de la REA ha iniciado una "campaña" de relacionamiento y difusión mas acelerada particularmente con las instancias del ámbito departamental, empresa privada y organizaciones que trabajan en la región.

En el ámbito empresarial, se tiene una Asociación de Operadores que reune a algunas de las empresas de la ciudad de Uyuni, creada fundamentalmente para proteger los intereses del sector; además, también existe una Cámara Regional de Turismo que agrupa a otras operadoras de turismo, además de hoteles y restaurantes de la ciudad de Uyuni.

Capacidad Operativa
La capacidad operativa de la Dirección Departamental de Turismo de Potosí en la región es muy débil, pues sólo dispone de un funcionario con poca capacidad de control y escaso apoyo de las autoridades locales; además de no contar con recursos financieros para la realización de sus actividades.

La REA tiene una mejor capacidad operativa en términos de equipamiento y de personal, el cuerpo de Protección y vigilancia está conformado por 13 guardaparques y un Jefe de Protección con experiencia en labores de protección y control; la permanente presencia de la actividad turística en el área se ha convertido en uno de los problemas más significativos por el turismo desordenado que se desarrolla en esta región.

Además, la REA cuenta con personal técnico de apoyo encargado del cobro del SISCO: dos cobradores y un cajero habilitado. También cuenta con personal encargado de la elaboración de todo el material referente a estadísticas sobre el flujo turístico como también de la información turística del área difundida a través de la Oficina de Información Turística de Uyuni.

 
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